Historia del Aborto

El aborto en el Mundo

El aborto es una práctica milenaria. Se sabe que entre los asirios las mujeres que abortaban y eran descubiertas eran empaladas. En el mundo antiguo griego y latino, ambas culturas patriarcales, el aborto era comúnmente practicado por los médicos, sobre todo en caso de embarazos extraconyugales.

En Grecia, el aborto era empleado para regular el tamaño de la población y mantener estables las condiciones sociales y económicas. Platón recomendaba el aborto a las mujeres embarazadas mayores de 40 años o cuya pareja era mayor de 50 años. Aristóteles sostenía que el feto se convierte en ‘humano’ a los 40 días de su concepción si es masculino y a los 90 si es femenino y recomendaba el aborto para limitar el tamaño de la familia. La decisión era dejada a la madre, salvo de que se tratara de cuestiones de Estado.

En la antigua Roma el aborto estaba permitido, pues el derecho romano no consideraba al bebé no nacido como persona, aunque le reconocía derechos tales como el derecho a nacer (posponiendo, por ejemplo, las ejecuciones de mujeres embarazadas condenadas a muerte).

En las culturas matriarcales y en la céltica, donde la descendencia más importante era la materna, el aborto era dejado a discreción de la mujer. Generalmente no era practicado porque era considerado un insulto a las divinidades femeninas del renacimiento y de la fertilidad. Se suponía que rechazar una vida donada por la Diosa llevara mala suerte al clan, en cambio estaba permitido dejar morir a sus propios hijos, sobre todo si nacían con algún defecto físico. Los vikingos los aventaban a un hoyo con bestias feroces.

Con la afirmación del Cristianismo se restringieron las prácticas abortivas, al siglo II d.C. se remontan las primeras leyes estatales contra el aborto, con el exilio de las mujeres que abortaban y la condena o el destierro de las personas que lo practicaban.

Santo Tomás y San Agustín afirmaban que el embrión no tenía alma hasta que asumía forma humana. Sin embargo, más allá del problema de la animación del feto, la Iglesia Católica ha afirmado desde sus inicios (y hasta la fecha) que debe ser considerado como persona.

En la Edad Media, el derecho canónico establecía la distinción entre el corpus formatum (que podía recibir el alma, convirtiéndose en feto animado) y el corpus informatum (que no había llegado a ese estado). Retomando la definición de Aristóteles, el feto se volvía humano después de 40 días de la concepción, en los varones, y de 80 días, en las mujeres. Sin embargo, el aborto y el infanticidio eran medios comunes para limitar la población.

A partir del siglo XVII muchos países del mundo promulgaron leyes que convertían el aborto en ilegal. A principios del siglo XX se empezó a despenalizar el aborto en caso de peligro de la vida de la madre y para proteger su salud. Islandia fue el primer país occidental en legalizar el aborto terapéutico en ciertas circunstancias (1935). En los Cincuenta la mayoría de los países del ex bloque soviético legalizaron el aborto voluntario en el primer semestre de embarazo. Entre finales de los años sesenta y principios de los setenta, casi todos los países industrializados de Europa y Norteamérica (Estados Unidos y Canadá) lograron despenalizarlo en el primer trimestre de embarazo y ampliar las circunstancias en que se permite practicarlo, gracias sobre todo a la revolución sexual y a las luchas feministas de esos años. Los países europeos más católicos (Italia, España, Portugal e Irlanda) fueron más recalcitrantes al legalizarlo, mientras que los países escandinavos y anglosajones fueron más sensibles hacia el derecho a decidir de las mujeres.

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El aborto en México

Con excepción de algunas causas, en México, la práctica del aborto es un delito, menos en el Distrito Federal, donde en abril de 2007 se despenalizó su práctica, siempre y cuando se realice antes de las 12 semanas de gestación. En el resto del territorio nacional, esta práctica puede tener sanciones de prisión que van de los seis meses a los cinco años. La violación es la única causa reconocida en las 32 entidades del país para la interrupción legal del embarazo.

Los embarazos que causen peligro de muerte en la madre, se pueden interrumpir legalmente sólo en 29 entidades, ya que en Guanajuato, Guerrero y Querétaro no es reconocida por los códigos penales estatales.

Por grave daño a la salud, sólo 11 estados lo reconoce como causa, menos Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estados de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quinta Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

A partir del 2008 los congresos locales de varias entidades federativas han emprendido unas iniciativas legales para reformar sus constituciones estatales en materia de aborto en un sentido más restrictivo, es decir legislando a favor del derecho a la vida desde la concepción.

Hasta septiembre de 2009 dichas reformas han prosperado en 16 estados, es decir en la mitad del país: Querétaro, Baja California, Chihuahua, Campeche, Colima, Puebla, Durango, Jalisco, Nayarit, Quintana Roo, Guanajuato, Yucatán, Sonora, Morelos, Oaxaca y San Luis Potosí.

Sin embargo la mayoría de la población piensa que estos intentos de reformas a favor de la vida solo se tratan de una verdadera cruzada en contra de los derechos a decidir de las mujeres, de salud sexual y reproductiva.

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